2025.4.23 Los municipios de Valencia con más criminalidad: en el primero se produjeron 53.961 delitos el año pasado
El último Balance de Criminalidad publicado por el Ministerio del Interior con datos de 2024 revela que, aunque la criminalidad en España cayó un 0,3% durante el año pasado, algunos delitos más graves siguen creciendo. Por ejemplo, los homicidios dolosos y asesinatos consumados subieron un 4,5% y las agresiones sexuales con penetración aumentaron un 6,7%.
Todo esto, referente a la tasa de criminalidad convencional, se traduce en que se han llevado a cabo 41,0 delitos por mil habitantes. Además, en el mismo balance aparecen desglosados los distintos delitos y el número de casos que se han dado en cada municipio. En la provincia de Valencia hay uno que destaca sobre el resto.
Tasa de criminalidad en la provincia de Valencia
El municipio con la tasa más alta de criminalidad en esta parte de España es Valencia, que ha registrado un total de 53.961 casos durante 2024. A este le siguen Gandía con 4.270, Torrent con 3.141 y Sagunto con 3.076. Sin embargo, también es necesario tener en cuenta que la capital valenciana supera enormemente al resto de municipios en su número de habitantes.
En cuanto al número de secuestros, en toda la Comunidad Valenciana se dieron 13 casos. De estos, 8 fueron en Alicante, 3 en Castellón y 2 en la provincia de Valencia. El único municipio perteneciente a esta última que aparece registrado en las estadísticas en el Ministerio del Interior fue Sagunto, con un caso.
Otros de los crímenes que aparecen en este informe del Ministerio del Interior son los delitos contra la libertad sexual, que en la provincia asciende a los 1.223. En esta tipología se incluyen las agresiones sexuales y abusos con penetración, con un total de 244 casos el año pasado. A pesar de que hay municipios donde no se registró ningún secuestro, como Aldaia, Alzira u Oliva, hay otros con cifras más altas: Valencia, donde hubo 102; Sagunto, con 10 registros; y Algemesí, Gandia, Sueca, Torrent y Xirivella, con 6 cada uno.
2025.4.23 Nuevas pistas en el asesinato del contrabandista de la Baronía de Rialb, el crimen más misterioso de España: las antenas de telefonía ‘hablan’ tres años después
Un solo tiro disparado a 100 metros mató a Joan Coromina en 2022 en un paraje inaccesible de Lleida: los ‘mossos’ consiguen al fin líneas fiables de investigación al casar nuevos testimonios y datos de telefonía con lo que se sabía del arma homicida
Llevaba toda la mañana trabajando, paró a mediodía a comerse una manzana y, mientras la pelaba con su navaja y miraba el cielo despejado sobre los bosques de la Baronía de Rialb (Lleida), en esta zona sólo accesible a pie, en la que hay que dejar el coche a más de una hora y cuyos caminos son un laberinto, una bala disparada a más de 100 metros de distancia, con mira telescópica y quizás por un profesional, le atravesó el pecho y le quitó la vida.
Así, en una zona inaccesible de la Cataluña profunda, murió el 25 de enero de 2022 el contrabandista Joan Coromina Estany, de 61 años. Y durante tres años sobre su asesinato, que apenas dejó como pistas la manzana, la navaja caída entre las piernas y la bala -incrustada en el suelo a apenas unos metros después de atravesarle-, cayó un espeso manto de silencio que lo convirtió en uno de los crímenes más misteriosos de la España reciente.
Los mossos investigaron empezando por lo más lógico: desde la posibilidad de un ajuste de cuentas por el típico problema vecinal de lindes, hasta los manejos empresariales de Corominas, que movía grandes cantidades de dinero y a quien las autoridades tenían en la mira desde muchos años atrás por sus actividades como contrabandista.
Todo errado, hasta ahora. Según ha podido saber EL MUNDO, la investigación del misterioso crimen cerca de la aldea de Gualter (97 habitantes), en la comarca de Noguera, ha hallado nuevas vías que al fin centran el tiro: nuevos testigos han aportado información “muy relevante” sobre los últimos meses de vida de Corominas, que casa además a la perfección con nuevos datos de las antenas de telefonía, y también con lo que los Mossos d’Esquadra saben sobre el arma, capaz de acertar limpiamente a un objetivo móvil a más de 100 metros de distancia.
El asesinato ha supuesto un enorme reto para los investigadores hasta que han logrado ir cuadrando las piezas del puzle. Para llegar a la escena del crimen, sólo de acceso a pie, hay que conocer los intrincados caminos de los bosques de la Baronía, pero a la vez se imposibilita la posibilidad de cámaras que recogieran imágenes del autor o autores.
Es aquí donde testimonios recogidos en los últimos meses, cruzados con un cribado muy meticuloso de las antenas de telefonía, han centrado las pesquisas. Los investigadores ya tienen al fin clara la secuencia de los hechos aquella mañana fría, pero de cielos despejados -lo que facilitó el disparo mortal-, en los bosques de Noguera.
Tanto Coromina como un empleado suyo llegaron a la zona, cada uno por su lado, hacia las ocho de la mañana. Ambos iban a trabajar por separado, el segundo con una retroexcavadora, en los terrenos rústicos que Coromina poseía en el lugar. No se volvieron a ver hasta las diez de la mañana, y regresaron cada uno a sus cometidos hasta las 11.30 horas, cuando el testigo escuchó, en el silencio de la montaña, un disparo.
No se alarmó. La presencia de cazadores era habitual en la zona, pero una hora después, desde lejos, descubrió a su patrón tumbado en el suelo. Se acercó corriendo para sencillamente ver, ya, la sangre en la boca, la manzana y la navaja tiradas, el disparo muy preciso en la parte superior del tórax. Con entrada y salida. Mortal. Y único.
Coromina, un tipo muy cerrado y poco hablador en una comarca ya de por sí dada al hermetismo, había nacido en Oliana, en el Alto Urgell, pero residía desde hacía años en Cervera con su mujer, con la que había tenido cinco hijos. Muy conocido en Andorra, donde desarrolló actividades vinculadas al contrabando, en los últimos años había invertido sus ganancias -grandes sumas de dinero, según las pesquisas- en inmuebles tanto en Lleida como en Barcelona.
En cuanto los mossos asumieron la investigación, dirigida por Primera Instancia e Instrucción 1 de Solsona, se centraron en el entorno más cercano al muerto. Pronto emergió un conflicto de lindes, judicializado, entre Coromina y otro particular, pero igualmente rápido se descartó que tuviera que ver con el asesinato.
Los mossos comenzaron entonces a bucear en los negocios del empresario, en sus vínculos con determinadas personas de la zona. Ahí se fraguó la hipótesis del ajuste de cuentas, e incluso la posibilidad de la participación de un sicario contratado por un tercero para el asesinato, hipótesis que sigue estando sobre la mesa de los investigadores.
Las hipótesis se han aclarado en los últimos tiempos gracias a nuevos testimonios, que han abierto la línea definitiva, que apunta a los últimos meses de vida de Joan Coromina Estany y que acelera, al fin, el esclarecimiento de uno de los crímenes más enigmáticos de los últimos tiempos.
2025.4.23 La Audiencia Nacional rechaza indemnizar a un hombre que pasó 15 años en la cárcel al confundirle con un violador
El Alto Tribunal considera que no es un “error judicial evidente”.
Una sentencia del Tribunal Supremo le absolvió basándose en un análisis de semen que le exculpaba.
La Audiencia Nacional (AN) ha rechazado indemnizar a Ahmed Tommouhi, un hombre que estuvo 15 años preso por dos agresiones sexuales en la década de los 90, tras ser confundido por su parecido físico con un violador de Barcelona. Finalmente, el Tribunal Supremo (TS) le dio la razón y anuló la condena.
En una sentencia, la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la AN desestima el recurso presentado por Tommouhi contra la decisión del Ministerio de Justicia de rechazar su reclamación administrativa, donde pedía ser indemnizado con 3,6 millones de euros más los correspondientes intereses legales y una declaración de culpa grave de los magistrados que le condenaron.
De esta forma, el Alto Tribunal confirma la decisión del Ministerio, rechazando indemnizarle, porque para ello deben concurrir dos circunstancias: que se haya producido una prisión provisional indebida y un error judicial. Respecto a lo primero, indica que ya se le liquidó correctamente cuando se hizo el cálculo con los años de condena y, respecto a lo segundo, lo descarta.
No aprecia “el invocado error”
La institución judicial no aprecia “el invocado error en los términos de error craso o evidente”, explicando que “no basta una sentencia de revisión”, como la que dictó el Tribunal Supremo, “sino que de la misma se debe inferir un error craso o evidente”, no siendo el caso. “La atenta lectura de la sentencia condenatoria de la Audiencia Provincial de Barcelona y la estimatoria de revisión ponen de manifiesto que en el caso no puede decirse que aquella incurriera en un error craso o evidente”, afirman los magistrados.
La AN expone que “la sentencia de revisión se basa en determinada prueba pericial cuya relevancia desechó la sentencia de la Audiencia Provincial por las razones que expuso, y si bien esta omitió la mención de los restos de semen a los que alude aquella prueba pericial y se centra en los restos de sangre, no podemos desconocer que la propia sentencia llega a poner en duda que la ropa en que se hallaron tales restos fueran de la víctima”.
En consecuencia, sostiene que “la sentencia de la Audiencia Provincial no desconoció el referido informe pericial, sino que en función de las circunstancias concurrentes rechazó de manera motivada su relevancia, cuya motivación no fue compartida por la sentencia de revisión, que sobre la base de dicha prueba aplicó el principio pro reo para absolver al interesado”.
“En contemplación de lo anterior no cabe afirmar la existencia de un error judicial craso o evidente, de donde que también se desvanezca este segundo título indemnizatorio esgrimido en la demanda, lo que, a su vez, hace innecesaria cualquier consideración sobre la postulada en la demanda culpa grave de los magistrados que pronunciaron la sentencia condenatoria de referencia”, zanja la AN.
Fallo del Supremo
Fue en 2023 cuando el Tribunal Supremo estimó el recurso de revisión presentado por Tommouhi contra la sentencia de la Audiencia de Barcelona que le condenó como autor de dos delitos de violación y dos faltas de lesiones a 24 años y 22 días de prisión.
La Sala de lo Penal, en contra del criterio de la Fiscalía, permitió a la defensa presentar este recurso dados los “elementos de prueba y nuevos hechos” presentados por el condenado, incluida la valoración de un informe que no se tomó en consideración en el juicio y que finalmente ha resultado clave.
Se trata de un informe de un resto de semen recuperado de la ropa interior de la víctima que fue analizado en 1992 por la Policía Científica de Barcelona, pero que “nunca” llegó a conocimiento del tribunal porque los peritos no acudieron a declarar “pese a ser una prueba admitida”. Desde la defensa insistieron en que dicho informe se evidenciaba que el resto de semen recuperado “no se corresponde” con Tommouhi.
En la lista de pruebas también figuraba la testifical de los peritos, así como la declaración de la víctima -cuyo testimonio fue “la única prueba tomada en consideración la Audiencia Provincial” de Barcelona para la condena- y que posteriormente reconoció en una entrevista “su equivocación al momento de identificar” a Tommouhi.
Varias violaciones
Los problemas para este hombre empezaron en 1991 cuando se produjeron varias violaciones en las provincias de Barcelona y Tarragona. Él y su compatriota Abderrazak M. fueron encarcelados. Sin embargo, un informe de la Guardia Civil de 1993 aseguraba que no existían indicios de que ambos hombres se conocieran.
A Tommouhi le acusaban en un principio de 17 delitos, pero le acabaron condenando a más de 100 años de cárcel por cuatro violaciones y un robo. Sin embargo, las únicas pruebas contra él fueron los supuestos “reconocimientos” por parte de las víctimas.
Abderrazak M., que también sostuvo siempre su inocencia y no aceptó una indemnización de 18 millones de pesetas por parte del Estado tras la anulación de su sentencia por parte del TS, murió de un infarto en la cárcel en el año 2000.
En 1995 la Policía detuvo a otro hombre, Antonio G.C., muy parecido físicamente a Tommouhi, por varias violaciones muy similares a las de 1991. Además, la Guardia Civil pudo demostrar que una de las cuatro que se imputaban a Tommouhi fue cometida por Antonio G.C., gracias a las pruebas del ADN. Sin embargo, de las otras tres no se conservaban tejidos o restos biológicos analizables, por lo que a Tommouhi todavía le imputaban tres agresiones sexuales.
Estuvo 15 años en la cárcel a la espera de un indulto que nunca llegó, que el Tribunal Supremo había recomendado y que el fiscal jefe de Cataluña, José María Mena, había solicitado en 1999. Ni el Ejecutivo del PP ni el del PSOE se atrevieron a concederlo a un condenado por cuatro violaciones, aunque los socialistas lo habían reclamado cuando estaban en la oposición.
En junio de 2000, el propio Supremo denegó a la defensa la autorización necesaria para presentar un recurso de revisión al considerar que las dudas sobre la participación de Tommouhi que podían suscitar las nuevas pruebas no eran “suficientes” para establecer “de forma inequívoca y terminante la inocencia del condenado”.
2025.4.22 Ciudad Real condena el asesinato de Marta, víctima de violencia de género
El 14% de los delitos en Semana Santa en Ciudad Real son de violencia de género
La Subdelegación del Gobierno en Ciudad Real ha guardado esta mañana un minuto de silencio como muestra de condena y repulsa por el asesinato por violencia de género de Marta, una mujer de 44 años, ocurrido el pasado 18 de abril en la provincia de Tarragona. La víctima tenía un hijo menor de edad. Existían denuncias previas por violencia de género contra el presunto agresor.
Con este nuevo crimen machista son ya 9 las mujeres asesinadas en lo que va de año por sus parejas o exparejas, y 8 las niñas y niños que han quedado huérfanos. Desde 2003, la violencia de género ha acabado con la vida de 1.303 mujeres en España y ha dejado 477 menores huérfanos.
2025.4.9 Un vecino de Lleida se enfrenta a 17 años de prisión por agredir sexualmente a su pareja mientras dormía
La Fiscalía pide 17 años de prisión para un hombre acusado de agresión sexual y maltrato habitual contra su pareja. Según el ministerio público, la madrugada del 14 de marzo de 2023 el hombre aprovechó que la mujer dormía para agredirla sexualmente en su domicilio de Lleida y, además, durante la relación de pareja él le faltaba el respeto y la despreciaba.
El hombre estuvo encarcelado de forma preventiva durante algo más de un mes. Por el supuesto delito de agresión sexual con penetración, Fiscalía pide para el hombre 14 años de prisión, 10 años de libertad vigilada y que no pueda acercarse a menos de 500 metros de la mujer ni comunicarse con ella durante un periodo superior en un año a la pena de prisión impuesta.
Además, el fiscal también pide que el procesado no pueda trabajar en trabajos u oficios que impliquen un contacto con menores de edad.
Por otro lado, por el supuesto delito de maltrato habitual, la Fiscalía pide tres años de prisión, la prohibición de aproximación y de comunicación con la mujer, y el pago de una indemnización de 15.000 euros. El juicio está previsto que se celebre el 23 de abril en la Audiencia de Lleida.
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